Saludos a la Srta. Juez, señor representante del Ministerio Publico, a los señores Abogados de las partes procesales presentes y al publico en general .
CONTENIDO:
En lo referente a los cargos que se me imputan en este largo proceso iniciado a Diciembre del 2007, debo referirme a los Faltantes del dia 02 de Octubre del 2007, en circunstancias que me desempeñaba como Recaudador en una de las ventanillas de Caja Central, descubierto a fines de Noviembre de ese año , al migrar in formación del Sistema antiguo al Sistema nuevo de Caja, formulación de cargo que se sustenta en la presentación de cuatro Recibos ingresados por Caja , que no suman, no fueron depositados al Banco de La Nacion Huacho de ese dia, según Reporte elaborado por el Ing. Christian La Rosa, lo que motiva que se revisara Recibo por Recibo ,los Ingresos de esa fecha. un mes después .
De este supuesto faltante, hallazgo jamás fui notificado con la oportunidad y formalidades de ley, para formular mi descargo con el acceso a la información del Codigo Fuente , el Auxiliar Standard de la fecha queda impreso en la computadora,y sustenta los Reportes diarios, semanales, mensuales que se remite a la Tesoreria y Contador General, en la que esta registrado los recibos autogenerados por su orden, fecha hora por minuto y segundo, en forma secuencial, con los nombres de usuarios, conceptos y montos, lo presentado es una mala copia, un listado interesado elaborado por tercero, no es el Auxiliar Standard , es parcial, incompleta, alterado, con errores que sirve a sus fines, vender su nuevo software a la Universidad, se recorta el derecho a la defensa.
El nuevo Sistema de Caja, presentaba errores, se duplicaban los recibos, sumaba mal, que afectaban el trabajo y responsabilidades del cargo, y asi lo Informe por escrito a mi Jefa inmediata Superior, esto es resultado de haberse manipulado el Sistema, de documentos para formular cargos de forma unilateral, dirigida contra mi persona. y los que trabajamos en Caja Central en el periodo 2005-2007.
En los Alegatos de la Defensa ha quedado demostrado con el listado presentado por el Ministerio Publico como documental que sustenta los Cargos de Acusacion , es una copia adulterada del Auxiliar Standard donde su duplica, recibos autogenerados , usuarios, montos y conceptos , viciada de errores que no puede probar nada.
Con este listado manipulado, se ha formulado cargos en la Denuncia sustentada en Informes previos de Tesoreria, Contadora General ,y que suscribe el Jefe de la Oficina de Economia y Contabilidad , que luego reproduce el Informe de la OCI , que tienen a la Vista los Peritos Contables de la Universidad, y con dicha documental se pretende sustentar la Acusacion Fiscal, es decir estos funcionarios jamás tuvieron acceso al Auxiliar Standard de Caja Central.
Sobre estas ideas siniestras , informes interesados ajenos a la Universidad se pretende acreditar la pre-existencia de dinero y de sumas Faltantes, que agravian el patrimonio , lo cual no esta registrado en los Estados de Gestion Financiera de la entidad, no existe tal descalabro económico en los Balances Anuales, déficit en los Ingresos por Facultades y conceptos que pagan los estudiantes según el TUPA en los Periodos examinados, EL MILLON DE SOLES solo existe en la mala suma obtenida del listado elaborado por el Ing. Christian La Rosa, que a esa fecha no tenia los Requisitos y competencias para ingresar al software instalado , obtener una copia y elaborar uno nuevo, según lo regula la Ley Nº 28812 no estaba autorizado, ni tenia relación laboral acreditada con la Universidad .
En cuanto al Informe Tecnico de la DIVINDAT - PNP Lima, ha quedado claro que no se trata de una Pericia de Informaticos, por cuanto no están registrado como tales en el Peru, la condicionalidad del punto que aparece despues de cada Recibo esta en la Programacion de su creador del soft ware , mas no puede asegurar para que fines, pero que presenta una constante de cada diez recibos , uno figura con ese punto, aunque no en el mismo orden, para que no se sume en el ingreso del dia, es un supuesto tecnico, pues del listado presentado no se repite dicha constante, instalado en el Sistema, dicha condicionante se activa al imprimirse el Auxiliar Standard al que tiene acceso el Jefe de Caja Central, después de cerrada las ventanillas con los Reportes de Ingresos Diarios de los Recaudadores .
Esta posición fue confirmada por la Declaracion prestada por los Auditores, llegando a informar el Auditor Jose Amable Farro, sobre los Cajeros no tienen participación alguna en los depósitos de los In gresos diarios a través de Fargo al Banco de La Nacion, y de las irregularidades presentadas en Caja Cen tral.
Pido a Ud. Srta. Juez, RESOLVER A Lo visto y oído en las Audiencias de este Juicio, con arreglo a la SANA CRITICA, MAXIM AS DE LA CIENCIA Y EXPERIENCIA, CON LA VALENTIA Y DECISION QUE LA CARACTERIZA.
Me Declaro INOCENTE de las cargos formulados, solicito se me ABSUELVA de los delitos de PECULADO, ESTAFA Y DELITO INFORMATICO ,en agravio de mi Universidad, disponiéndose del archivo definitivo del proceso penal, , y restablezca en mis derechos de servidor administrativo nombrado.
Ratificándome en los Alegatos Finales de Abogado de la Defensa
He terminado. Gracias por su Atención y tiempo...
Presentado en la Audiencia Pública del 09 de Enero del 2012.
LA TEORIA DEL CASO DEL MINISTERIO PUBLICO, SE CAE POR USAR ARMAS VEDADAS, POCO LICITAS, DE INSTRUMENTALES NO VALIDAS, OBTENIDAS IRREGULARMENTE, VICIADAS EN ERROR, ADULTERADAS, PARA SUSTENTAR UNA SENTENCIA CONDENATORIA
Esta corresponde al Expediente Nº 0715-2008 por delito de PECULADO, ESTAFA E INFORMATICO, seguida a servidores administrativos de Caja Central en agravio de la Universidad.
EL SOLITARIO DE SAYAN – Huacho, 09 de Enero del 2012
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